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Escrito por: Silvano Guerrero y Andrés Verzijl.


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Grandes proyectos hidráulicos que tienen como objetivo capturar y controlar los flujos de agua están ingresando cada vez más a los territorios de las comunidades andinas. Esta es una historia de pastores de la región de Huancavelica, Perú, que se levantaron en defensa de sus humedales locales, pastos y fuentes de agua. Después de más de una década de protestas, construcción de alianzas y negociaciones, han logrado consolidarse como el actor decisivo en la gobernanza interregional del agua.

La meseta de Castrovirreyna está localizada en un contexto de puna, lagos, humedales y pastizales en la región Huancavelica y comprende las cabeceras de media docena de cuencas. El lago Chocloccocha es el más grande y emblemático, está a 4 500 metros sobre el nivel del mar y es la fuente del río Pampas.

Durante siglos los pastores seminómades han utilizado la meseta para el pastoreo de camélidos y ovinos. Actualmente 1 500 familias habitan el área que alberga una población pecuaria de más de 200 000 cabezas, conformada por alpacas, llamas y ovejas. Los bofedales o humedales de altura son cruciales para el pastoreo de las alpacas, particularmente en la estación seca, de mayo a noviembre.

Fuente de conflicto: prejuicios sobre los bofedales

Los bofedales son humedales de altura con contenido de turba saturada de agua y vegetación. Estos ecosistemas frágiles son sensibles a las variaciones en la calidad y cantidad de agua que viene con los cambios climáticos, la intervención humana (como la minería) o la composición del rebaño. Existen dos prejuicios sobre los ambientes de bofedales. Primero, el prejuicio económico, que considera que estos humedales son eriales no aptos para la agricultura y, por lo tanto, son vistos como un obstáculo al progreso, así que se propone que es mejor secarlos o degradarlos para instalar otras actividades económicas como la irrigación comercial. Segundo, el prejuicio conservacionista, según el cual los humedales son paisajes naturales y originarios, donde la actividad humana es descrita como una amenaza externa.

Estos conceptos erróneos pasan por alto que muchos bofedales han sido provocados por el hombre y mantenidos cuidadosamente por las comunidades de pastores en todos los Andes. Como sistemas locales de propiedad común, los bofedales de la comunidad son vitales para la subsistencia de los pastores y la prosperidad económica. Pero también son de trascendencia regional (cuenca) y universal (clima) debido a su capacidad para capturar y almacenar lluvias, deshielos de los glaciares y carbono.

En los años 1950 se construyó una represa para elevar el nivel del agua del lago Chocloccocha y desviar 150 millones de m3 de agua de la cuenca del Pampas a la cuenca adyacente del Tambo-Ica con propósitos de riego comercial en la región Ica.

La infraestructura sumergió al pueblo de Choclococha e interfirió con los desplazamientos habituales de los rebaños. El canal de desviación no resultó ser solo una barrera para el movimiento del rebaño, también impidió la escorrentía hacia los bofedales. El canal ha degradado el ambiente, causado decenas de muertes de personas y cientos de muertes de animales. Nunca se proporcionó indemnización alguna.

En 1990 el gobierno peruano creó el Proyecto Especial Tambo Ccaracocha (PETACC), un proyecto del Instituto Nacional de Desarrollo, con el mandato de rehabilitar las obras hidráulicas en la cuenca del Pampas y estudiar nuevas alternativas para transferir agua a la cuenca Tambo-Ica. La violencia política limitó el accionar durante una década y, en 2003, la responsabilidad administrativa del PETACC fue transferida a Ica, sede del sector agroexportador más grande del país. La perspectiva de nuevas transferencias de agua tenía preocupados a los pastores. Ocurrieron varios altercados con los ingenieros del PETACC, que acusaron de terrorismo a los dirigentes de los pastores.

En julio de 2006, el gobierno peruano emitió un decreto para captar 50 millones de m3 de agua adicionales de territorios comunales de Huancavelica y destinarlos a Ica a través de un canal específico, denominado Dren Interceptor de Ingahuasi. Este canal de 73 km debería capturar todos los manantiales, arroyos y filtraciones del valle de Ccarhancho, para transportar esa agua al Lago Choclococha, donde la represa existente tendría que ser elevada. Esto destruiría cientos de hectáreas de humedales comunales, en una clara manifestación de que sigue sin tomarse en cuenta que las comunidades de Huancavelica dependen de esta tierra y agua.

Acción comunal


El decreto y el dren interceptor indignaron a la sociedad civil e instituciones públicas de Huancavelica y, sobre todo, a las comunidades directamente afectadas: Ccarhuancho, Chocloccocha, Santa Inés y Pilpichaca. Las comunidades tomaron medidas para defender sus humedales, demandar participación en las decisiones sobre obras hidráulicas dentro de sus territorios y exigir una indemnización por daños y perjuicios pasados.

Los pastores de Ccarhuancho organizaron una reunión pública en septiembre de 2006 que marcó el inicio de una década de conflicto interregional. Unas 500 personas de cuatro comunidades estuvieron presentes, así como una considerable delegación del Gobierno Regional de Huancavelica y ONG nacionales e internacionales. Muchos de los participantes en la reunión estaban afiliados a la Mesa Técnica de Gestión del Agua de Huancavelica (MEGAH), una plataforma de actores creada unos meses antes para proteger los derechos de los usuarios de agua de Huancavelica.

MEGAH fue una iniciativa de profesionales huancavelicanos creada como respuesta al surgimiento de nuevas amenazas a los derechos de agua de la comunidad local. Incluye representantes de las áreas de agricultura, salud, y medio ambiente del Gobierno Regional de Huancavelica, así como representantes de organismos del gobierno nacional, ONG nacionales y organizaciones internacionales de desarrollo. La defensa de los humedales de las comunidades se convirtió en el caso emblemático de la MEGAH. Los dirigentes de Ccarhuancho encabezaron la movilización de las comunidades e insistieron en ser miembros plenos de la plataforma de partes interesadas.

Una victoria moral

Un mes después de la reunión de Ccarhuancho, MEGAH organizó un foro sobre agua para analizar el conflicto. Participaron en el evento expertos en agua y se invitó también a activistas en derechos humanos, los que se convirtieron en aliados estratégicos de las comunidades. Después de un año de acercamientos a los gobiernos regionales de Huancavelica e Ica, así como a los ministerios nacionales, y después de muchas negociaciones y protestas sociales dirigidas hacia Ica, PETACC y al presidente regional de Huancavelica, las comunidades presentaron su caso ante el Tribunal Latinoamericano del Agua. Contaron con el apoyo legal, logístico y financiero de ONG y redes globales de justicia hídrica, pero el desarrollo del caso, la investigación histórica y la actividad para conseguir fondos de respaldo de emergencia fueron conducidos por la comunidad de Ccarhuancho y sus dirigentes.

En octubre del 2007, el Tribunal Latinoamericano del Agua falló a favor de los derechos de agua de las comunidades: PETACC tuvo que parar el dren de Ingahuasi en espera de una evaluación de impacto ambiental y de compensación por daños y perjuicios. Por otra parte, las leyes que otorgaron al gobierno regional de Ica el control del PETACC y de la reserva de agua tuvieron que ser revisadas.

A pesar de su carácter ético y de que su veredicto no es vinculante, el Tribunal consolidó la posición de las comunidades a ojos de aliados y adversarios, lo cual fue considerado una gran victoria moral. Siguió un período de diálogo entre las comunidades, PETACC y otras partes interesadas. Representantes de agencias de los gobiernos de Ica y Huancavelica, ONG y las asociaciones de usuarios de agua de Ica participaron en la mesa.

El principal punto de agenda fue el de un programa de indemnización por los daños causados por la represa y el canal. Los actores relevantes de Ica intentaron negociar paralelamente el dren interceptor de Ingahuasi al mismo tiempo, pero las comunidades exigieron poner en primer lugar el tema del programa de indemnización. Siempre hubo un problema de confianza entre las diferentes partes, pero la comunicación constructiva y la participación de las comunidades fueron positivas. Lo importante es que las comunidades fueron capaces de reiterar sus demandas: seguridad hídrica y un rol activo en la toma de decisiones relacionadas con el agua.

Desafíos continuos

El proceso tuvo un desarrollo lleno de fricciones. MEGAH comenzó a perder influencia cuando empezó una nueva administración regional y surgió en el 2009 una nueva plataforma de partes interesadas, el Grupo Técnico Regional del Agua de Huancavelica (GTRAH). Una evaluación de impacto ambiental del dren interceptor de Ingahuasi fue rechazada, porque ni el gobierno de Huancavelica ni las comunidades habían sido consultadas y no se había aprobado o aplicado un programa de indemnización. Además, no se habían abordado los temas fundamentales del involucramiento de las comunidades en la toma de decisiones y sus derechos al agua.

En 2011 el conflicto en marcha condujo a la pérdida de un préstamo del Banco Mundial de ocho millones de dólares. El préstamo era parte de un proyecto de modernización para analizar, administrar y mejorar la gestión del agua en la cuenca del Tambo-Ica y el área de transferencia intercuencas de
agua de las cabeceras del Pampas.

El recientemente electo presidente regional de Huancavelica se negó a aprobar el préstamo sin la aprobación de la comunidad. Y las comunidades insistieron en que sin la especificación de cómo se asignaría este dinero, era seguro que serían impactadas de manera negativa. Sin embargo, el sector de riego de Ica fue incorporado en el proyecto de modernización, aunque oficialmente solo para centrarse en la cuenca del Tambo-Ica. El futuro de la gestión del agua en la cabecera del Pampas es aún incierto.

Hacia la justicia hídrica

2015 marcó el inicio de nuevas administraciones regionales. De manera similar a las anteriores promesas electorales, el nuevo gobernador de Ica anunció que iba a hacer el dren interceptor de Ingahuasi y otra vez el gobernador de Huancavelica se sintió tentado a negociar un acuerdo. Una vez más, las comunidades están respondiendo. Mientras se mantenga la propuesta para que toda el agua de la cabecera del Pampas sea destinada a Ica, y ni una sola gota o dólar de inversión útil sea asignada a los pastores locales, las comunidades seguirán luchando.

La participación activa y constante de Ccarhuancho y las comunidades en el conflicto ha demostrado ser un factor crucial de éxito. Mientras que los políticos regionales, funcionarios públicos y jefes de personal del PETACC cambian a un ritmo rápido, los dirigentes de la comunidad sobresalen como los verdaderos expertos en el conflicto. Por otra parte, los alcaldes se sienten limitados por los vínculos con el gobierno y los líderes de la comunidad poseen un espacio mayor de maniobra.

En marzo de 2015 las comunidades de Ccarhuancho, Choclococha, Pilpichaca y Santa Inés negaron al PETACC el acceso a su territorio para realizar el mantenimiento. Además, los dirigentes comunales notificaron a las autoridades de ambas regiones que la agitación social era inminente. Con la situación de escalada en otras comunidades aguas abajo, los dirigentes comunitarios y políticos regionales han sido llamados a la oficina del Primer Ministro para resolver el asunto de una vez por todas. Versiones recibidas desde el interior de todas las áreas del gobierno, inclusive de Ica, sugieren que el dren interceptor de Ingahuasi tendrá que ser cancelado para siempre.




Silvano Guerrero
Miembro de la comunidad de Ccarhuancho. Desde 2015 ha venido trabajando con CEPES en aspectos sociales de manejo de cuencas en las cuencas de Tambo-Ica, Pampas y Cachi.
silvano.querrero.guispe@gmail.com

Andrés Verzijl
Candidato al doctorado en el Grupo de Gestión de Recursos Hídricos de la Universidad de Wageningen. Trabaja con la comunidad de Ccarhuancho y la lucha del agua en las cabeceras del Pampas.
andres.verzijl@gmail.com

Fuente Original: Revista Leisa


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La Declaración Universal de Derechos Humanos reconoce a toda persona el derecho a un nivel de vida adecuado «que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación». De los instrumentos internacionales que se han ocupado de este tema, el de mayor trascendencia es el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (Pidesc), que impone una serie de obligaciones a los Estados. Precisamente, en su artículo 11 reconoce el derecho de «toda persona a un nivel de vida adecuado para sí y su familia, incluso alimentación, vestido y vivienda adecuados, y a una mejora continua de las condiciones de existencia». De igual manera, agrega, como obligación de los Estados, el tomar medidas apropiadas para asegurar la efectividad de este derecho.

Internacionalmente, es un derecho indispensable y de justicia social

En 1996, la primera Cumbre Mundial sobre la Alimentación encargó al Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos definir de manera más precisa los derechos relacionados con la alimentación, mencionados en el Pidesc.

Esta iniciativa concluyó con la aprobación de la Observación General N.o 12, «El derecho a una alimentación adecuada». Según este documento, el derecho a la alimentación adecuada «es indispensable para el disfrute de otros derechos humanos consagrados en la Carta Internacional de Derechos Humanos. Es también inseparable de la justicia social, pues requiere la adopción de políticas económicas, ambientales y sociales adecuadas, en los planos nacional e internacional, orientadas a la erradicación de la pobreza y al disfrute de todos los derechos humanos por todos».

La Observación General N.o 15 también se refirió al derecho humano al agua, al afirmar que «el agua es necesaria para producir alimentos (el derecho a una alimentación adecuada) y para asegurar la higiene ambiental (el derecho a la salud). El agua es fundamental para procurarse medios de subsistencia (el derecho a ganarse la vida mediante un trabajo) y para disfrutar de determinadas prácticas culturales (el derecho a participar en la vida cultural)». De manera más precisa, el documento señaló «la importancia de garantizar un acceso sostenible a los recursos hídricos con fines agrícolas para el ejercicio del derecho a una alimentación adecuada».

Hace pocos años, en 2004, la FAO aprobó las Directrices voluntarias en apoyo de la realización progresiva del derecho a una alimentación adecuada en el contexto de la seguridad alimentaria, más conocidas como las Directrices del derecho a la alimentación. El objetivo del documento es proporcionar orientación práctica a los Estados en sus esfuerzos por lograr la realización progresiva del derecho a una alimentación adecuada. Recientemente, en 2012, la FAO aprobó las llamadas Directrices voluntarias sobre la gobernanza responsable de la tenencia de la tierra, la pesca y los bosques en el contexto de la seguridad alimentaria nacional, que fueron ratificadas por el Comité de Seguridad Alimentaria Mundial.

Los instrumentos internacionales mencionados, y otros más, fueron suscritos por nuestro país. Algunos de ellos son vinculantes y otros no, pero todos establecen obligaciones que el Estado debe respetar.

Nuestra normativa interna

En el Perú no hay una ley que se ocupe directamente del derecho a la alimentación y de la seguridad alimentaria. En 2014, el Pleno del Congreso de la República aprobó la Ley de Seguridad Alimentaria y Nutricional, pero esta no se promulgó (2), debido a lo cual se está tramitando un nuevo proyecto de ley sobre el tema.

Por otro lado, también existe la Ley de Inocuidad de los Alimentos (Decreto Legislativo 1062, de junio de 2008), cuyo objetivo es garantizar la higiene de los alimentos destinados al consumo humano, a fin de proteger la vida y la salud de las personas, a lo largo de toda la cadena alimentaria. El Código de Protección y Defensa del Consumidor, Ley 29571, también consagra el derecho a consumir alimentos inocuos y establece la obligación de que los alimentos lleven en su etiquetado la denominación que refleje su verdadera naturaleza. De tal manera, y de ser el caso, en la etiqueta se debe incluir la advertencia del porcentaje de grasas trans presente en el alimento y si este contiene componentes genéticamente modificados.

La Ley de Promoción de la Alimentación Saludable para Niños, Niñas y Adolescentes, promulgada en 2013, busca reducir y eliminar las enfermedades vinculadas con el sobrepeso, la obesidad y las enfermedades crónicas no transmisibles, mediante acciones de educación, fortalecimiento y fomento de la actividad física, implementación de quioscos y comedores saludables en las instituciones de educación básica. Hace unos meses, en 2015, se publicó uno de sus reglamentos, con los parámetros técnicos sobre los alimentos y bebidas procesados, referente al contenido de azúcar, sodio y grasas saturadas, pero aún no se ha aprobado el reglamento principal de la ley.

Otro importante documento es la nueva Estrategia Nacional de Seguridad Alimentaria y Nutricional 2013-2021, que el gobierno aprobó en diciembre de 2013. Su objetivo es «garantizar que la población logre satisfacer, en todo momento, sus requerimientos nutricionales».

Tierras y aguas para la alimentación

El Estado peruano tiene una serie de obligaciones para garantizar el derecho a la alimentación adecuada a todos los peruanos. Entre ellas, se requiere asegurar a los productores agropecuarios, en especial a los pequeños, el acceso y uso de los principales recursos para su producción.

Pero este aspecto, lamentablemente, ha sido siempre desatendido por las autoridades. Hace unos años, la Ley de Reforma Agraria tenía como objetivo principal enfrentar la concentración de la tierra y establecer una estructura de propiedad más justa, por lo que no se ocupó de la seguridad alimentaria. Luego, la Ley General de Aguas tampoco se preocupó de que sus objetivos contemplaran la seguridad alimentaria, sino solamente el uso más eficiente del agua, buscando mejorar la producción y productividad agrarias.

Años después, en la década de los noventa, la Ley 26505, más conocida como Ley de Tierras, consideró a la tierra como un activo más accesible para el mercado, pero sin preocuparse de poner límites a la concentración de tierras, un grave problema que afecta a la producción de alimentos, como hemos mostrado reiteradamente en LRA. Tampoco la Ley de Recursos Hídricos, promulgada hace pocos años, se ocupa del tema alimentario, porque principalmente está orientada a promover un uso más eficiente del agua.

Como resulta evidente, además de las leyes, las declaraciones internacionales y las buenas intenciones, se requieren normas que reconozcan y permitan el acceso de los pequeños agricultores peruanos a estos recursos básicos que son fundamentales para la producción de los alimentos, tanto para garantizar su propio consumo como para abastecer las mesas de millones de hogares en el país.

Notas

1 Abogado. Director ejecutivo del Centro Peruano de Estudios Sociales (Cepes).

2 En diciembre de 2013, el Congreso aprobó el dictamen del proyecto de Ley; sin embargo, la congresista fujimorista Martha Chávez planteó dos reconsideraciones, que luego fueron declaradas improcedentes. Meses después, en junio de 2014, el proyecto fue archivado por el Consejo Directivo del Congreso, sin haberse remitido la autógrafa al presidente de la República.


Los bosques montanos de los Andes son vistos comúnmente como el hermano menor de las grandes extensiones de bosques amazónicos: cubren 11% (o 31 millones de hectáreas) del área total de bosques de los siete países que comparten los Andes. Pero nuestra dependencia de ellos es realmente significativa: 40 millones de personas (21% de la población total de estos países) dependen de manera directa del agua y de otros servicios ecosistémicos que proveen estos bosques (Programa Bosques Andinos, 2014, Cuesta et al.,2009:7). En este documento sintetizamos las funciones que tienen los bosques andinos para la provisión de agua y la estabilidad de suelo, en un contexto de presiones humanas conocidas y de cambio climático, para reflexionar sobre cuánto (re) conocemos el valor de este ecosistema. Si tan solo nos enfocamos en agua y suelo, dejando de lado la biodiversidad, el carbono, los productos maderables y no maderables o los intangibles, tales como su belleza; una serie de funciones de regulación y soporte se evidencian: la regulación hídrica, el rendimiento hídrico y la protección del suelo contra el impacto de la lluvia, reduciendo la erosión y los peligros de deslizamientos, y manteniendo así la calidad del agua. De manera cualitativa, se conoce que los bosques y sus suelos ricos en materia orgánica regulan los caudales en el tiempo porque almacenan agua en el (sub)suelo en periodos de lluvia, para soltarla en épocas secas hacia los cauces de agua, constituyendo el caudal de base y reduciendo caudales máximos. Los bosques andinos tienen un mayor rendimiento hídrico (porción de la precipitación que escurre) que los bosques más secos de menor altitud, porque a mayor altitud, mayor precipitación, frente a una menor evapotranspiración por las bajas temperaturas y la nubosidad. Otra función clave es la protección del suelo en laderas con fuertes pendientes y suelos pocos profundos, encima de las rocas.

Las raíces de los árboles estabilizan el suelo mientras que su follaje, pero también la vegetación del sotobosques, la hojarasca y la materia orgánica acumulada, protegen el suelo contra el impacto directo de las gotas de lluvia y el viento (Herzog et al.,2011:11,175).



Es interesante y relevante intentar cuantificar estos servicios ecosistémicos, como un primer paso hacia una valoración de los bosques. Tobón (2009) revisó varios estudios para cuantificar las partes más importantes del balance hídrico en cuencas con cobertura de bosque montano (ver la Figura 1). La Figura 1 resume el rango de datos de varias fuentes (notándose la gran variación entre las localidades estudiadas), para bosques ubicados entre1800 a 3200 msnm. Se observa que en zonas altoandinas, en las cabeceras de las cuencas, con una precipitación mayor a los 1000 mm/año que consume y transpira la vegetación, el rendimiento hídrico es muy alto: en el orden de 0.55 encontrado en Colombia (Tobón, 2009:45). El rol de los bosques andinos en la regulación hídrica parece estar mucho menos cuantificado, y por ello más monitoreo es necesario(1)

Tabla Nº 1: Rangos cuantitativos de fracciones del balance hídrico en bosques andinos


 Factor
 Relación Cualitativa
 Mínimo
 Máximo
 Precipitación
· A mayor altura, mayor precipitación (en ciertas zonas de
150 a 250 mm por cada 100 metros de elevación), pero depende de la vertiente y exposición a las masas de nubes.
· Aporte adicional de precipitación horizontal (niebla y lluvia en viento, interceptada por vegetación) en caso de bosques montanos pluviales, entre 5 a 35% de la precipitación (Tobón, 2009:25,28,32,36)
600 mm/año
 6.000  mm/año
 Evapotranspiración
· Incluye evaporación de la lluvia interceptada por el dosel (interceptación) y transpiración por los árboles necesaria para su crecimiento. Unos 980 mm/año.
· Bajas temperaturas, presencia de niebla y alta nubosidad y una alta relativa humedad permanente reducen ET (menor a mayor altitud: 150 menos por cada 1000 metros de elevación) (Tobón, 2009:19,25-26,38).
· Sobre el consumo de agua por los bosques: es mayor a otros tipos de vegetación por la profundidad de las raíces, la estatura y el follaje. Árboles en general consumen entre
170–340 litros de agua por cada kg de biomasa que acumulan. Bosques emplados transpiran entre 300-600 mm/año, bosques montanos tropicales 500-850 mm/año, y plantaciones tropicales 1000-1500 mm/año. En comparación, cultivos agrícolas en zonas templadas transpiran 400–500 mm/año (Price et al, 2011:15).

 460 mm/año
1.280 mm/año
 Rendimiento Hídrico
·El escurrimiento superficial es muy bajo, por los suelos con alta porosidad, alto contenido en materia orgánica y alta capacidad de infiltración y retención (Tobón, 2009:42; Buytaert et al., 2011:23).
·Por estas condiciones (P–ET) hay un alto escurrimiento sub-superficial.
·La relación entre escurrimiento versus precipitación está entre 0.55-0.57, versus 0.19 para un bosque seco tropical y 0.42 para un bosque húmedo tropical, solo superado porpáramo con 0.63 (Tobón, 2009:45)
 0.55-0.57
 Regulación Hídrica
·La capacidad de regulación es muy alta, dado una baja variabilidad temporal en la precipitación y una alta capacidad de retención e infiltración y aporte a flujos sub-superficiales.
·Significa, frente a una situación con bosque degradado: un caudal
de base más alto y constante, caudales pico menores y un mayor tiempo de respuesta ante las lluvias.
·No parece haber mucho monitoreo todavía en bosques
andinos pero en cuencas con pá
ramo el ratio entre caudales máximos sobre los de base está en 5, valor favorablemente bajo (Buytaert et al., 2011:23).



En cuanto a los procesos de erosión bajo bosques andinos y la incidencia de deslizamientos: hay procesos naturales que ocurren bajo una cobertura conservada, pero en caso de intervención humana y cambios en la cobertura de bosque, causan mayores pérdidas de suelo (Tobón, 2009). Por su ubicación en zonas de laderas, sobre suelos poco profundos y a veces encima de roca, los riesgos de erosión son altos de por sí, y especialmente en concierto con una precipitación relativamente alta (> 1500 mm) en las zonas de cabecera de cuenca o en las riberas de las quebradas y ríos.
Países de montaña como Suiza reconocen que los bosques cumplen una función de protección contra peligros naturales (como deslizamientos y derrumbes de rocas), de forma muy costo-eficaz frente a medidas técnicas-mecánicas (que costarían 5-20 veces más) (Price et al., 2011:22).

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1 En el marco de la iniciativa de monitoreo hidrológico en ecosistemas de montaña (iMHEA), hay trabajos en curso en cuencas con cobertura (parcial) de bosques:La organización Naturaleza y Cultura (NCI) monitorea por ejemplo bajo bosques en Pacaipampa, Piura, cuenca Quiroz, Perú. Ver http://www.cop20.pe/ck/iniciativa-de-monitoreo-hidrologico-en-los-ecosistemas-andinos-de-piura/. Los resultados de monitoreo serán de mucho valor para visualizar mejor el efecto de la pérdida de áreas de bosque, traducidos a un recurso de mucho .interés y preocupación local.


Tomado de: Doornbos, Bernita, "El valor de los bosques andinos en asegurar agua y suelo en un contexto de creciente riesgo climático: ¿(re)conocemos lo imperdible?"
Lea el documento completo aquí
MINAGRI • ANA • Proyecto de Modernización de la Gestión de los Recursos Hídricos


Según los reportes de la Defensoría del Pueblo a setiembre último, 143 de los conflictos sociales registrados en el país son de carácter ambiental; índice que representa al 67% del total.

Como es obvio, esta situación afecta al desarrollo o la continuidad de numerosos proyectos de inversión vinculados a la explotación de los recursos naturales; hecho que —a su vez— se traduce en formación de menor producto bruto interno (PBI) o riqueza nacional, menos ingresos para el Estado, reducción de empleos y deterioro del nivel de confianza en las instituciones públicas, entre otros efectos con alta gravitación económica y social.


GESTIÓN INTEGRADA DEL AGUA

Frente a esta preocupante realidad, el Proyecto de Modernización de la Gestión de los Recursos Hídricos (PMGRH) de la Autoridad Nacional del Agua (ANA) está demostrando que la alternativa de solución más práctica y eficaz es la Gestión Integrada de los Recursos Hídricos (GIRH); proceso que viene implementándose en seis cuencas piloto: Tumbes, Chira-Piura, Chancay-Lambayeque, Chancay-Huaral, Chili (Arequipa) y Caplina-Locumba (Tacna).

Este tipo de gestión fue definido en el Reglamento de la Ley N° 293338 o Ley de Recursos Hídricos, con el siguiente tenor: “La gestión integrada de los recursos hídricos es un proceso que promueve, en el ámbito de la cuenca hidrográfica, el manejo y desarrollo coordinado del uso y aprovechamiento multisectorial del agua con los recursos naturales vinculados a ésta, orientado a lograr el desarrollo sostenible del país sin comprometer la sostenibilidad de los ecosistemas”.


AVANCES




El gráfico adjunto muestra los elementos constitutivos de la GIRH, que la Autoridad Nacional del Agua viene impulsando —a través del Proyecto de Modernización de la Gestión de los Recursos Hídricos (PMGRH) y cuyos principales avances son los siguientes:

•Consolidación de un ambiente favorable para todos los usuarios actuales y potenciales del agua, con un nuevo marco legal y mecanismos de financiamiento e incentivos.

•Desarrollo de una nueva estructura institucional, con órganos desconcentrados del ANA debidamente fortalecidos.

•Creación y funcionamiento de seis consejos de recursos hídricos de cuencas (CRHC), que constituyen espacios de dialogo público-privado, para planificar y concertar la Gestión Integrada de Recursos Hídricos (GIRH).

•Formulación de seis planes de gestión de recursos hídricos en cuencas (PGRHC); los cuales han sido desarrollados con visión compartida y trabajo participativo en las etapas de diagnóstico, identificación de alternativas y —principalmente— determinación de las intervenciones públicas y privadas en el corto, el mediano y el largo plazos. Actualmente, los mismos se encuentran en proceso de implementación y ejecución.

•Incremento de la seguridad jurídica, con el otorgamiento de derechos de agua y la realización de monitoreos participativos sobre la cantidad, la calidad y la cultura del agua, y

•Consolidación del Sistema Nacional de Información de los Recursos Hídricos (SNIRH), esencial para la toma de decisiones.

La experiencia acumulada hasta el momento indica que la GIRH y esencialmente los CRHC y los PGRHC son estrategias efectivas para prevenir y desactivar conflictos socio ambientales asociados al agua.

Esta conclusión se desprende del análisis de los Reportes sobre Conflictos Sociales de la Defensoría del Pueblo en el período octubre 2011-setiembre 2015.

Ello demuestra que en las seis cuencas donde interviene el PMGRH-ANA los conflictos socioambientales registraron un incremento de sólo 4%; mientras que en las demás cuencas el aumento fue de 14% (cinco veces más) ver cuadro adjunto.

“De lo expuesto se puede concluir que la GIRH, los CRHC y los PGRHC son esenciales para garantizar la gobernabilidad, la seguridad hídrica y la paz social en el país”, puntualiza el Ing. Juan Carlos Sevilla Gildemeister, Jefe de la Autoridad Nacional del Agua.

Esta evidencia también se puede explicar analizando las causas que originan los conflictos socioambientales y las fuerzas que intervienen en la evolución de éstos, conforme al modelo propuesto por Giselle Huamaní Olivo y Sandro Macassi Lavander, expertos en gestión de conflictos socioambientales.


 


REPLICAR EL MODELO


A partir de ello se puede afirmar que la Gestión Integrada de los Recursos Hídricos (GIRH) propicia un clima de diálogo y concertación en el manejo del tema; lo cual reduce la posibilidad de conflictos.

Asimismo, para el proceso de solución de conflictos, la GIRH provee planes concertados que definen un objetivo y metas compartidas entre los distintos usuarios del agua (agrarios, comunales, mineros, industriales y poblacionales).

Por eso, precisamente la Asociación “Ciudadanos al Día” reconoció como “Buena Práctica en Gestión Pública 2015”, en la categoría Consulta y Participación Ciudadana, por el tema “La visión compartida como metodología participativa para el desarrollo del Plan de Gestión de los Recursos Hídricos de Cuenca”.

En razón de ello, Cromwell Alva Infante, Director Ejecutivo del Proyecto de Modernización de Gestión de los Recursos Hídricos del ANA, plantea la imperiosa necesidad de replicar el modelo en escala nacional; tanto para dar cumplimiento a los mandatos de la Ley de Recursos Hídricos, como para prevenir y desactivar conflictos socioambientales, con el fin de fortalecer la gobernabilidad y la paz social en el país, como base del desarrollo integral y sostenible de toda la nación peruana-




Fuente: Agro Noticias

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